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Usualmente las leyes más importantes de una nación son la base de la gobernabilidad, de las cuales emanan las demás leyes. Sin embargo, Israel tendría un gobierno teocrático, por tanto, había un mínimo de funciones legislativas o administrativas. El gobernante es el Señor Dios y es Él quien determina la legislación de la nación, así también, la dirección del pueblo, los asuntos políticos, militares y económicos. Hasta entonces y por 4 décadas aproximadamente, Moisés ha liderado Israel bajo la dirección del Creador, ha enseñado como profeta ha intercedido como sacerdote y ha legislado la nación. Los sumos sacerdotes, Aarón y Eleazar, han compartido las responsabilidades de Moisés en la conducción de las actividades litúrgicas necesarias. Además, se designó un consejo de setenta ancianos (70) para que colaboren en la administración de los asuntos nacionales. Y no debemos olvidar el liderazgo patriarcal continuo de los lideres y6 jefes de cada tribu. Dios anticipo el deseo venidero del pueblo por un rey humano sobre ellos, en consecuencia, proporciono determinadas pautas para tal propósito.

♦ Cuando hayas entrado en la tierra que Jehová tu Dios te da, y tomes posesión de ella y la habites, y digas: Pondré un rey sobre mí, como todas las naciones que están en mis alrededores; ciertamente pondrás por rey sobre ti al que Jehová tu Dios escogiere; de entre tus hermanos pondrás rey sobre ti; no podrás poner sobre ti a hombre extranjero, que no sea tu hermano. (Deuteronomio 17:14, 15)

♦ Pero él no aumentará para sí caballos, ni hará volver al pueblo a Egipto con el fin de aumentar caballos; porque Jehová os ha dicho: No volváis nunca por este camino. Ni tomará para sí muchas mujeres, para que su corazón no se desvíe; ni plata ni oro amontonará para sí en abundancia. (Deuteronomio 17:16, 17)

♦ Y cuando se siente sobre el trono de su reino, entonces escribirá para sí en un libro una copia de esta ley, del original que está al cuidado de los sacerdotes levitas; y lo tendrá consigo, y leerá en él todos los días de su vida, para que aprenda a temer a Jehová su Dios, para guardar todas las palabras de esta ley y estos estatutos, para ponerlos por obra; para que no se eleve su corazón sobre sus hermanos, ni se aparte del mandamiento a diestra ni a siniestra; a fin de que prolongue sus días en su reino, él y sus hijos, en medio de Israel. (Deuteronomio 17:18-20)


El pueblo y cada uno de los ciudadanos deberán mostrar el respeto adecuado por los representantes elegidos por Dios.

♦ No injuriarás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo. (Éxodo 22:28)


Una nación de leyes deberá contar con tribunales, jueces, reglamentos y procedimientos judiciales establecidos. Moisés había actuado como juez hasta que la carga lo excedió, es entonces que su suegro (jetro) le recomendó que nombraran jueces a los gobernadores de cada tribu y familia. No obstante, Moisés se reservaba la responsabilidad de decidir sobre casos complicados. Ahora bien, mientras Israel se convertía en una nación de hecho y derecho, Dios proveía una estructura judicial más formal.

♦Jueces y oficiales pondrás en todas tus ciudades que Jehová tu Dios te dará en tus tribus, los cuales juzgarán al pueblo con justo juicio. (Deuteronomio 16:18)

♦ Cuando alguna cosa te fuere difícil en el juicio, entre una clase de homicidio y otra, entre una clase de derecho legal y otra, y entre una clase de herida y otra, en negocios de litigio en tus ciudades; entonces te levantarás y recurrirás al lugar que Jehová tu Dios escogiere; y vendrás a los sacerdotes levitas, y al juez que hubiere en aquellos días, y preguntarás; y ellos te enseñarán la sentencia del juicio. (Deuteronomio 17:8, 9)

♦ Y harás según la sentencia que te indiquen los del lugar que Jehová escogiere, y cuidarás de hacer según todo lo que te manifiesten. Según la ley que te enseñen, y según el juicio que te digan, harás; no te apartarás ni a diestra ni a siniestra de la sentencia que te declaren. Y el hombre que procediere con soberbia, no obedeciendo al sacerdote que está para ministrar allí delante de Jehová tu Dios, o al juez, el tal morirá; y quitarás el mal de en medio de Israel. Y todo el pueblo oirá, y temerá, y no se ensoberbecerá. (Deuteronomio 17:101-13)

♦ En aquel tiempo yo os hablé diciendo: Yo solo no puedo llevaros. Jehová vuestro Dios os ha multiplicado, y he aquí hoy vosotros sois como las estrellas del cielo en multitud. ¡Jehová Dios de vuestros padres os haga mil veces más de lo que ahora sois, y os bendiga, como os ha prometido! ¿Cómo llevaré yo solo vuestras molestias, vuestras cargas y vuestros pleitos? Dadme de entre vosotros, de vuestras tribus, varones sabios y entendidos y expertos, para que yo los ponga por vuestros jefes. Y me respondisteis y dijisteis: Bueno es hacer lo que has dicho. Y tomé a los principales de vuestras tribus, varones sabios y expertos, y los puse por jefes sobre vosotros, jefes de millares, de centenas, de cincuenta y de diez, y gobernadores de vuestras tribus. Y entonces mandé a vuestros jueces, diciendo: Oíd entre vuestros hermanos, y juzgad justamente entre el hombre y su hermano, y el extranjero. No hagáis distinción de persona en el juicio; así al pequeño como al grande oiréis; no tendréis temor de ninguno, porque el juicio es de Dios; y la causa que os fuere difícil, la traeréis a mí, y yo la oiré. Os mandé, pues, en aquel tiempo, todo lo que habíais de hacer. (Deuteronomio 1:9-18)

♦ No recibirás presente; porque el presente ciega a los que ven, y pervierte las palabras de los justos. (Éxodo 23:8)

♦ No harás injusticia en el juicio, ni favoreciendo al pobre ni complaciendo al grande; con justicia juzgarás a tu prójimo. (Levítico19:15)

♦ Ni al pobre distinguirás en su causa. (Éxodo 23:3)

♦ No pervertirás el derecho de tu mendigo en su pleito. (Éxodo 23:6)

♦ No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda, sino que te acordarás que fuiste siervo en Egipto, y que de allí te rescató Jehová tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto. (Deuteronomio 24:17, 18)

♦ No tuerzas el derecho; no hagas acepción de personas, ni tomes soborno; porque el soborno ciega los ojos de los sabios, y pervierte las palabras de los justos. La justicia, la justicia seguirás, para que vivas y heredes la tierra que Jehová tu Dios te da. (Deuteronomio 16:19, 20)

La veracidad de aquellos que atestiguaran contra otras personas es tan importante y sensible para la justicia que, se le reconoce como unos de los diez (10) mandamientos base de la legislación de Israel.

♦ No dirás falso testimonio contra tu prójimo. (Deuteronomio 5:20)

♦ No admitirás falso rumor. No te concertarás con el impío para ser testigo falso. No seguirás a los muchos para hacer mal, ni responderás en litigio inclinándote a los más para hacer agravios. (Éxodo 23:1, 2)

♦ De palabra de mentira te alejarás, y no matarás al inocente y justo; porque yo no justificaré al impío. (Éxodo 23:7)

♦ Cuando se levantare testigo falso contra alguno, para testificar contra él, entonces los dos litigantes se presentarán delante de Jehová, y delante de los sacerdotes y de los jueces que hubiere en aquellos días. Y los jueces inquirirán bien; y si aquel testigo resultare falso, y hubiere acusado falsamente a su hermano, entonces haréis a él como él pensó hacer a su hermano; y quitarás el mal de en medio de ti. Y los que quedaren oirán y temerán, y no volverán a hacer más una maldad semejante en medio de ti. Y no le compadecerás; vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie. (Deuteronomio 19:16-21)

♦ No se tomará en cuenta a un solo testigo contra ninguno en cualquier delito ni en cualquier pecado, en relación con cualquiera ofensa cometida. Sólo por el testimonio de dos o tres testigos se mantendrá la acusación. (Deuteronomio 19:15)

♦ Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado. (Deuteronomio 24:16)

♦ Si hubiere pleito entre algunos, y acudieren al tribunal para que los jueces los juzguen, éstos absolverán al justo, y condenarán al culpable. Y si el delincuente mereciere ser azotado, entonces el juez le hará echar en tierra, y le hará azotar en su presencia; según su delito será el número de azotes. Se podrá dar cuarenta azotes, no más; no sea que, si lo hirieren con muchos azotes más que éstos, se sienta tu hermano envilecido delante de tus ojos. (Deuteronomio 25:1-3)

♦ Si alguno hubiere cometido algún crimen digno de muerte, y lo hiciereis morir, y lo colgareis en un madero, no dejaréis que su cuerpo pase la noche sobre el madero; sin falta lo enterrarás el mismo día, porque maldito por Dios es el colgado; y no contaminarás tu tierra que Jehová tu Dios te da por heredad. (Deuteronomio 21:22, 23)

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